REDACCIÓN
La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) deriva de la acción de inconstitucionalidad 20/2026, promovida por el Poder Ejecutivo Federal, y alcanza a municipios como Tepic, Bahía de Banderas, Xalisco y San Blas, entre otros.
El máximo tribunal determinó que el impuesto viola el principio de proporcionalidad tributaria, debido a que el pago de otros impuestos, derechos o productos municipales no implica necesariamente que una persona tenga mayor capacidad económica para cubrir una contribución adicional.
El gravamen, que se cobra en Nayarit desde 1970 con el propósito de fortalecer las finanzas de la Universidad Autónoma de Nayarit, representaba una fuente de recursos para la institución.
Con esta resolución, queda en entredicho la recaudación prevista por ese concepto para 2026, por lo que el fallo plantea un desafío financiero para la Universidad, que deberá afrontar las consecuencias de la eliminación de este mecanismo de financiamiento.
Los 47.4 millones de pesos presupuestados para este año dimensionan el impacto económico que podría tener la resolución en los recursos destinados a la máxima casa de estudios de Nayarit.

