REDACCIÓN
En noviembre recibirán esta prestación los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que cumplan los requisitos de su régimen y una primera parte los pensionados y jubilados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). En la administración pública federal, un decreto publicado el 23 de octubre permite comenzar a cubrirlo a partir del 10 de noviembre, aunque no establece que todos los beneficiarios deban cobrar ese día.
Para quienes trabajan bajo las reglas de la Ley Federal del Trabajo, principalmente en el sector privado, la obligación es diferente: el artículo 87 establece que el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre y equivaler, como mínimo, a 15 días de salario por un año de servicio. Quienes hayan trabajado menos tiempo también tienen derecho a recibirlo en proporción al periodo laborado.
